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Normativas obligatorias para asesorías y despachos profesionales en 2026: qué exige la ley realmente

  • 31 mar
  • 3 Min. de lectura

En el sector de las asesorías existe una falsa sensación de tranquilidad:

“Somos pequeños, no nos afecta.”

“Eso es para grandes empresas.”

“Con tener un modelo descargado vale.”


La realidad es distinta.

Las asesorías manejan información sensible, dinero, estructuras societarias y relaciones laborales. Por eso están sujetas a varias normativas obligatorias dependiendo de su actividad.

No todo es obligatorio.Pero lo que sí lo es, puede implicar sanciones importantes si no está correctamente implantado.


1.Protección de Datos (RGPD y LOPDGDD)

Toda asesoría trata datos personales. Sin excepción.

Clientes, trabajadores, nóminas, información fiscal, documentación bancaria… Estamos hablando de datos especialmente sensibles.

La normativa aplicable es:

  • Reglamento General de Protección de Datos

  • Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales

¿Por qué existe esta normativa?

Para proteger los derechos fundamentales de las personas y evitar usos indebidos de su información.

En una asesoría, un error puede suponer filtración de datos fiscales o laborales de terceros. El impacto puede ser grave.

¿Qué exige realmente?

  • Identificar qué datos se tratan y con qué finalidad

  • Analizar riesgos

  • Establecer medidas de seguridad

  • Firmar contratos con proveedores

  • Documentar todo el sistema

No es un documento. Es un sistema vivo.

Posibles sanciones

Hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual en infracciones graves.


2.Prevención de Blanqueo de Capitales (PBC)

Si la asesoría realiza asesoramiento fiscal, constituye sociedades o interviene en operaciones económicas, está sujeta a:

  • Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales

¿Por qué existe?

Para evitar que se utilicen estructuras empresariales o servicios profesionales para ocultar dinero procedente de actividades ilícitas.

Las asesorías fiscales son consideradas “sujetos obligados” porque pueden intervenir en operaciones sensibles.

¿Qué implica?

  • Identificar formalmente a los clientes

  • Analizar el riesgo de cada operación

  • Elaborar un manual interno

  • Formar al personal

  • Conservar documentación

  • Estar dado de alta en el SEPBLAC

Posibles sanciones

Desde 60.000 € hasta más de 1.000.000 €, además de posibles inhabilitaciones y publicación pública de la sanción.


3.Canal de denuncias — Obligatorio en determinados supuestos

Regulado por:

  • Ley 2/2023 de protección de informantes

Es obligatorio para:

  • Empresas de 50 o más trabajadores

  • Entidades obligadas en materia de PBC

¿Qué implica?

  • Implantar un canal de denuncias seguro y confidencial

  • Garantizar anonimato

  • Designar responsable del sistema

  • Establecer procedimiento de gestión de denuncias

  • Cumplir plazos legales de respuesta

No es simplemente un buzón de correo. Es un sistema estructurado.

Posibles sanciones

Las sanciones pueden alcanzar:

  • Hasta 1.000.000 € en infracciones muy graves

Además del impacto reputacional.


4.Protocolo de Prevención del acoso — Obligatorio si tienen al menos un empleado

Toda asesoría con mínimo un trabajador debe contar con protocolo frente al acoso laboral y sexual.

¿Qué implica?

  • Elaborar protocolo interno

  • Establecer procedimiento de actuación

  • Informar a la plantilla

  • Designar personas responsables

  • Documentar actuaciones

Es una obligación laboral que suele pasarse por alto en despachos pequeños.

Posibles sanciones

Las infracciones pueden suponer:

  • Multas entre 7.501 € y más de 225.000 €

  • Agravantes en caso de conflicto judicial

No disponer de protocolo deja a la empresa desprotegida.


LSSI — Solo si realizan venta online

Si la asesoría comercializa servicios mediante contratación online, debe cumplir:

  • Ley de Servicios de la Sociedad de la Información

¿Qué implica?

  • Aviso legal completo

  • Política de cookies

  • Condiciones generales de contratación

  • Información clara sobre precios y proceso de compra

  • Confirmación electrónica adecuada

Si solo tienen web informativa sin venta directa, no aplica en su totalidad.

Posibles sanciones

Las multas pueden alcanzar:

  • Hasta 150.000 € en infracciones graves

Especialmente por incumplimientos en contratación electrónic


¿Y el compliance penal?

El compliance penal no es obligatorio de forma general.

Sin embargo, disponer de un modelo de prevención puede atenuar o incluso eximir responsabilidad penal de la empresa en determinados casos.

Es recomendable como medida de protección estratégica.


Conclusión: no es cuestión de tamaño, es cuestión de actividad

La obligación no depende de ser grande o pequeño.

Depende de:

  • Qué servicios ofreces

  • Si realizas fiscal

  • Si tienes empleados

  • Si vendes online

Muchas asesorías creen que cumplen porque “tienen algo hecho”.Pero la clave no es tener documentos. Es tenerlos correctamente implantados y actualizados.


¿Tu asesoría está correctamente adaptada?

En nuestro equipo ayudamos a asesorías y despachos profesionales a:

✔ Adaptarse a normativas individuales

✔ Implantar sistemas completos de cumplimiento

✔ Ofrecer packs integrales que cubren todas las obligaciones aplicables

✔ Mantener la documentación actualizada

Si no tienes claro si cumples con todo lo que te aplica, este es el momento de revisarlo.

Una inspección no avisa. Pero la prevención sí se puede planificar.


Contacta con nosotros y analizamos tu situación.

 
 
 

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